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Brifeo Especial: Gonzalez vs. Google
Yo publico lo que me da la gana... o no
Marzo 4, 2023
Las 26 palabras que protegen el internet
En Estados Unidos, si una persona publica algo falso en tu contra y quieres demandar por eso, no puedes demandar a la red social que utilizó por permitirle publicarlo, sino a la persona que cometió el hecho. Esto es gracias a la protección de la «Sección 230», una norma federal que ofrece protección a las empresas de difusión de contenido respecto de lo que publican los autores a través de sus medios. Acompáñanos en este Brifeo.
¿De dónde viene?
La Sección 230 tiene su origen en dos fallos de la Corte Suprema de EE. UU.
Cubby, Inc. v. CompuServe Inc.
Cuando el internet estaba en pañales, en 1991, a Compuserve lo demandaron por ser el proveedor de internet que alojó comentarios difamatorios contra el demandante, y la corte falló a favor de Compuserve, porque ellos no hacían ningún tipo de moderación, entonces no eran editores.
Oakmont, Inc. v. Prodigy Services Co.
Por otro lado, en 1995, a Prodigy lo demandaron por algo similar, pero en este caso el fallo fue contra Prodigy, con base en que ellos sí hacían cierta moderación de su contenido, y la corte los vio con poder editorial.
Resulta, entonces, que unos congresistas pensaron que estos fallos estaban al revés, porque haría que nadie moderara nada para evitar que los demanden, y en tal caso el internet sería un caos total.
Como ya se estaba trabajando para pasar una nueva ley de telecomunicaciones, agregaron por ahí un texto echando para atrás el fallo Prodigy, lo cual permitía a los proveedores de servicios poder moderar el contenido sin hacerlos editores. Esta parte quedó siendo la Sección 230 de la ley de comunicaciones, la cual dice lo siguiente:
«Ningún proveedor o usuario de un servicio informático interactivo deberá ser tratado como el publicador o emisor de cualquier información proporcionada por otro proveedor de contenido».
Pero esta norma no es absoluta, ya que todas las empresas de difusión de contenido deben de aplicar las leyes contra el tráfico sexual, poseen ciertas limitaciones sobre la propiedad intelectual, entre algunas otras cosas que probablemente seguirán siendo modificadas según avance la tecnología y surjan nuevos casos (filtros en las publicaciones, inteligencia artificial, etc.).
¿Por qué está sonando ahora?
Recientemente, la Suprema Corte en EE. UU. tuvo una audiencia por una demanda contra Google (matriz de YouTube), haciendo a YouTube responsable indirecta de unos ataques terroristas.
Aunque Google es subsidiaria de Alphabet, hay varias compañías que siguieron
siendo parte directa de Google, como Android, Google Search, y YouTube.
González v. Google LLC
Este es un caso que tiene varios años en diferentes cortes, y a través de apelaciones, llegó a la Suprema. En el 2016 la familia González demandó a Google (pero no como los Rosario de la herencia, que te tocaba algo por tener el apellido). Aquí, Nohemí González, una
méxico-americana de 23 años que andaba de intercambio, murió en los
terroristas de ISIS ocurridos el 13 de noviembre de 2015 en París, donde fallecieron al menos 130 personas.
Sus padres acusaron a YouTube de ser parcialmente responsables, porque a través de sus recomendaciones de videos, hay usuarios que llegan a ser reclutados por grupos terroristas como ISIS. Sus abogados dicen que estas recomendaciones las hacen ellos, por lo cual no quedan con la protección de la Sección 230.
Mucha confusión
Los jueces y hasta los mismos abogados se volvieron un 8 al tratar de diferenciar las búsquedas de Google de las de Youtube, las recomendaciones, las miniaturas (thumbnails) de videos, recomendaciones de lo que uno mismo busca y si es contenido dañino (¿buscas recetas? toma mofongo / ¿buscas terrorismo? toma ISIS). Hasta una de las juezas lo dijo claro, «Realmente no sabemos sobre estas cosas. Estos no son como los nueve mejores expertos en internet».
¿Por qué suena Twitter por aquí?
Twitter está que baila en todas recientemente, y aquí pasó la Corte también decidió escuchar el caso
Twitter Inc. v. Taamneh,
pero no bajo la Sección 230, sino bajo la ley de antiterrorismo.
El jordano Nawras Alassaf murió en un ataque terrorista en Turquía donde murieron 39 personas. Su familia demandó a Twitter, Google y Facebook, diciendo que estas no controlaron el contenido de terroristas en sus redes y permitieron el crecimiento de ISIS. Twitter alegó que la corte no debió permitir que el caso procediera y que ellos expandieron indebidamente el alcance de la ley de antiterrorismo.
Qué esperar
No se sabe cuándo la corte decidirá este caso, pero ellos mismos temen a que un gran cambio a la ley pueda desatar un sinnúmero de demandas por otro lado, o que traiga consecuencias inesperadas. Si la Corte decide a favor de Twitter, el caso de González básicamente se cae y podría automáticamente quedar a favor de YouTube (ese caso tumba de una vez que los proveedores sean cómplices de ataques). También es posible que simplemente no tomen una decisión y quede en manos del congreso hacerle cambios a la Sección 230.
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