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La pastilla y el contrato
Edición especial


Hay un problema filosófico que el derecho en República Dominicana resuelve mal y la sociedad resuelve peor: ¿qué le debes a los demás cuando lo que te hace peligroso no es tu voluntad sino su ausencia?
El sistema jurídico moderno se construyó sobre una premisa kantiana que parece obvia hasta que deja de serlo: para que haya culpa tiene que haber elección. Sin libertad no hay responsabilidad. Si una persona actúa sin entender lo que hace, sin poder controlarlo, el reproche penal no tiene a quién dirigirse. La conducta fue típica, fue antijurídica, pero no fue culpable. Hasta ahí, la lógica es impecable.
El problema es que la lógica no vive en el mismo barrio que la realidad. Porque hay un momento anterior al acto. Uno que sí tiene voluntad, que sí tiene consciencia, que sí tiene capacidad de elegir, y ese momento es cada mañana frente al frasco de pastillas.
Aristóteles ya lo sabía: el borracho que atropella a alguien no eligió atropellarlo, pero eligió emborracharse. Actio libera in causa. La acción libre en su causa. La responsabilidad no desaparece porque se desplace en el tiempo, sino que se traslada al momento en que todavía había libertad de actuar de otra manera.
¿Aplica eso aquí? Depende de una pregunta que nadie puede responder desde afuera con certeza: ¿sabía esa persona que sin medicación era un peligro? Si lo sabía, el argumento filosófico de responsabilidad es sólido aunque el derecho no tenga cómo procesarlo. Pero si no lo sabía, o sea, si la enfermedad misma le impedía percibir su propia peligrosidad, entonces el argumento se cae, y nos quedamos con la versión más incómoda: alguien que genuinamente no podía hacer otra cosa.
Pero aun en ese caso, el problema no desaparece. Porque la sociedad igual carga con el riesgo. Y ese riesgo es real, documentado en un video y ya materializado. Ahora mismo no hay ningún mecanismo que verifique si esa persona se está medicando, ninguna estructura que garantice que el brote no se repite, ninguna institución que absorba la responsabilidad que el individuo (por su condición, no por su maldad) no puede garantizar por sí solo. Solo hay una familia que espera que todo estará bien, y la esperanza de que sea verdad.
John Stuart Mill tiene una idea relevante aquí: el principio del daño. El Estado puede restringir la libertad de un individuo cuando su conducta pone en riesgo a terceros. No cuando se daña a sí mismo, que ya eso es asunto suyo. Pero cuando el riesgo se externaliza, cuando otra persona puede quedar atrapada en las consecuencias de una decisión que no tomó, la ecuación cambia.
El argumento de la autonomía tiene un límite y ese límite es el cuerpo del otro. El sistema le dice a sus vecinos: confíen. Y eso no es una política que deberíamos aceptar.
Este vacío legal es el resultado de décadas de irresponsabilidad estatal de no construir una respuesta institucional seria para personas con enfermedades mentales graves que representan un riesgo para otros. El internamiento psiquiátrico en RD tiene mala reputación, y con razón. Pero la alternativa que tenemos ahora, que es básicamente nada, tampoco funciona. Y las personas que lo pagan no son los legisladores. Son los vecinos. Son las familias. Es la señora de 70 años que un martes en la mañana no sabía que ese era el riesgo que estaba absorbiendo por vivir donde vivía.
La culpabilidad, en su sentido más profundo y filosófico, no es una etiqueta que le pegamos a las personas. Es la pregunta de quién responde cuando algo sale mal. Y cuando el sistema responde “bueno, ahora mismo nadie", eso también es una decisión. Solo que nadie la firmó.

Uriel Suriel
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